Raúl Benítez
Los cambios en las normas para los conductores
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El pasado viernes 20 de diciembre de 2024, la Asamblea Legislativa aprobó una serie de reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. También al Código Penal, con la que se aumentan las tarifas en las distintas infracciones tipificadas como leves, graves y muy graves.
La nueva ley también agrega más de 20 nuevas infracciones y modificaciones a algunas ya existentes.
Hay cambios como el uso del cinturón de seguridad, que ya no solo sería obligatorio para el conductor y pasajero delantero. Sino que para todos los ocupantes del vehículo.
Entre ellas destaca la reforma al artículo 66 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Con el cambio, se prohíbe conducir cualquier vehículo bajo el consumo de estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir; ademas también queda prohibido conducir vehículos habiendo ingerido alcohol en cualquier concentración por litro de sangre o en aire aspirado. A esta normativa se le llamó «cero alcohol al volante» y, de ser contravenida, se reconocerá como una infracción muy grave, ademas de la detención conforme a la legislación penal.
Ahora, según el mismo artículo 66, todo conductor de vehículo automotor está obligado a someterse a pruebas directas en sangre o indirecta en aire espirado. Si la prueba resulta positiva, se configura el delito de conducción peligrosa, contemplado en el Código Penal; por lo que, se remitirá al Ministerio Público para el procedimiento que corresponda.
Además, se le suspenderá la licencia de conducir por un periodo de un año a partir de la infracción y esto afectará otro tipo de licencias que posea el usuario. También deberá aprobar los cursos sobre riesgos y consecuencias de conducir bajo los efectos del alcohol y otras drogas.