Oscar Picardo
Calidad de la educación superior: Retos y desafíos
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Es un grave error del pasado -y quizá del futuro- creer que la Comisión de Acreditación es la responsable de garantizar la calidad de la educación superior; una cosa es “reconocerla”, otra muy distinta “garantizarla”.
Otro error es creer que la “obligatoriedad” de la acreditación elevará la calidad del nivel terciario; son los requisitos mínimos de funcionamiento los que establecen el piso de la calidad; la obligatoriedad atenta contra el principio mismo de la acreditación, transformándola en requisito de funcionamiento; y ya existen casos que demuestran que la medida es equivocada (Panamá y Ecuador).
Cada institución de educación superior debe crear sus propios mecanismos de aseguramiento de la calidad; no es una decisión externa, sino interna, considerada dentro de su autonomía y libertad de gestión. Es un proceso permanente. Luego, una Comisión o Consejo de Acreditación verifican y reconocen, pero no garantizan…
No es válido, cada cinco años montar un esquema teatral (docentes, estudiantes, personal administrativo preparado) y redactar un documento de autoevaluación -que generalmente no corresponde a la realidad- para atender a un equipo de pares evaluadores. La calidad se vive día a día, decisión tras decisión y sobre todo se demuestra en los graduados.
La nueva ‘Política de Educación Superior’ elaborada con el apoyo del proyecto “Educación Superior para el crecimiento económico” de USAID puso sobre la mesa el concepto de “acreditación obligatoria” con la finalidad de elevar la calidad de la educación superior. Pero la nueva política obvió las tres asimetrías del sistema…
En el mejor y más antiguo sistema de acreditación del mundo el proceso de acreditación fue y sigue siendo “voluntario”; el principio sobre el cual se sustenta esta decisión es que la calidad es una decisión y no una imposición.
En Estados Unidos hay siete agencias serias y respetadas de acreditación: Middle States Commission on Higher Education (MSCHE); Northwest Commission on Colleges and Universities (NWCCU); Western Association of Schools and Colleges (Accrediting Commission for Community and Junior Colleges and Western Association of Schools and Colleges (ACCJC-WASC); WASC Senior College and University Commission (WASC-SCUC); Higher Learning Commission (HLC); New England Association of Schools and Colleges – Commission on Institutions of Higher Education (NEASC-CIHE); y Southern Association of Colleges and Schools (SACS).
Cada una de estas agencias maneja “principios” y “criterios” muy sencillos y profundos de “Self-regulations” de una sociedad libre en donde sus instituciones universitarias deben gobernarse en un sistema representativo, flexible y receptivo: “El empoderamiento que surge de la autorregulación promueve tanto la innovación y responsabilidad en el logro de los objetivos de educar y capacitar a los ciudadanos en una democracia representativa”.
Nuestro sistema de acreditación que surgió con la Ley de Educación Superior (1995-1997) fue apoyado en su diseño por dos académicos destacados de Harvard University: Lewis Tyler y Andrés Bernasconi; la primera Comisión de Acreditación fue de lujo, exigente e independiente, posteriormente se comenzó a deteriorar y a contaminar. Tres son los principios programáticos fundamentales de reputación para una Comisión de Acreditación: 1) la independencia y autonomía; 2) contar con académicos respetados y reconocidos; y 3) diseñar un sistema de evaluación confiable y válido.
Siempre he utilizado este caricaturesco ejemplo, acreditación obligatoria: Es como obligar a un grupo de veinticinco estudiantes a pasar la materia con nota de 10; y sabemos que en todo grupo habrá una campana de Gauss…, efectivamente una minoría es la que se arriesga, trabaja y se sacrifica para estar a la cabeza de la curva y no todos. ¿Esto significa que defendemos la mediocridad? Para nada; defendemos la libertad de optar por la calidad.
Si la nueva Ley de Educación Superior exige la acreditación obligatoria en poco tiempo todas las Instituciones de Educación Superior estarán acreditadas y homologadas, seguro, creando además baremos interpretativos de diversa intensidad y de variada calidad.
Mejor sería revisar los requisitos mínimos de funcionamiento (Art. 37), y presionar por aquí, si cumplen o no cumplen esos elementos básicos de: Ser de utilidad pública sin fines de lucro; cuentan con un “campus” universitario; poseen una arquitectura organizacional sólida; finanzas robustas y transparentes; edificios propios; y una planta docente decente… Luego la acreditación profundizará en los detalles para garantizar públicamente si estas generalizaciones son o no de calidad.
Cuando iniciamos la acreditación, allá por 2001, se comenzó al revés, acreditando instituciones y no programas; lo lógico hubiese sido que una vez logrado acreditar todos los programas automáticamente se obtenía la acreditación institucional. Recuerdo que una institución prestigiosa en esos tiempos iniciales obtuvo la acreditación institucional y a la vez los peores resultados de la prueba ECAP de su programa de profesorado.
La responsabilidad de una Comisión o Consejo de Acreditación debe verificar y reconocer la calidad a partir de dos principios: a) enfoque basado en evidencia; y) medición basada en impacto.
La Dirección Nacional de Educación Superior (DNES) del Ministerio de Educación (MINED) trabaja actualmente en un conjunto de reformas importantes, que incluyen la ley, la CdA, las herramientas de apoyo para la movilidad e internacionalización, entre otros aspectos. Los desafíos son muchos para subirnos al tren global de la calidad, la eficiencia y el desarrollo científico, pero hay que dar los primeros pasos del mejor modo posible.