José Rubén Merino y Luz del Carmen Galdámez
Maestría en Política y Evaluación Educativa, UCA.
Debatir para corregir: la selección y asignación de plazas de directivos escolares (y docentes)
Comparte disruptiva
El 2018 se cerró con fuertes cuestionamientos hacia el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Mineducyt) y el Tribunal Calificador de la Carrera Docente (TCCD). Organizaciones docentes y diputados de la Asamblea Legislativa señalaron supuestos favoritismos en el proceso de asignación de plazas de directores y subdirectores. Al parecer, tras este proceso, se han movido ciertos intereses que no están orientados precisamente a llevar a los candidatos más competentes a la administración de los establecimientos educativos, sino a favorecer a correligionarios de partidos y a miembros de organizaciones docentes. Y dada su trascendencia y su cancelación por recomendación de la Asamblea Legislativa, consideramos importante echar un vistazo a este concurso y someterlo a juicio.
La apertura del concurso y su cuestionamiento
El 2 de septiembre de 2018, el Mineducyt sacó a concurso 489 plazas de directores y 106 de subdirectores, de distintos centros escolares e institutos públicos del país. Pero solo dos días después, el 4 de septiembre, surgieron los primeros señalamientos contra el TCCD. El Sindicato de Maestras y Maestros de la Educación Pública de El Salvador (Simeduco) denunció que el proceso iniciado era arbitrario, ya que se publicaron plazas sin la solicitud de los consejos directivos escolares (CDE) y en posesión de dirigentes sindicales, a quienes se les estarían irrespetando sus derechos. Al día siguiente, el 5 de septiembre, diputados de la Asamblea Legislativa presentaron una carta a los secretarios de la directiva en la que retomaban la denuncia de Simeduco, y agregaban que el concurso perjudicaba la estabilidad laboral de la mayoría de los directores y subdirectores interinos, quienes llevaban más de seis años en el cargo. También señalaban que el listado de plazas no incluía el cien por ciento de las plazas ocupadas por interinos y afectaba las plazas ocupadas por docentes no afiliados al partido en el gobierno y a algunos dirigentes sindicales no pertenecientes a ANDES 21 de Junio. Como resultado de lo anterior, la Asamblea Legislativa decidió conformar el 14 de septiembre una comisión especial para investigar el despido de sindicalistas y las supuestas irregularidades en la asignación de plazas de directores y subdirectores.
Pero a pesar de los fuertes señalamientos de irregularidades en el concurso de plazas de directores y subdirectores, el TCCD y el Mineducyt continuaron con el proceso de selección de aspirantes: convocaron a las pruebas de conocimiento para el 12 de enero y a las pruebas sicométricas para el 2 de marzo. Entre tanto, la comisión formada en la Asamblea Legislativa presentó el 23 de enero una carta dirigida a la directiva de ese órgano del Estado, donde ratificaba la violación de derechos laborales de los directores y subdirectores interinos, la no publicación de plazas cada cinco años, la publicación de plazas relacionadas con aspirantes vinculados con el partido en el gobierno y a quienes se les ha prometido el puesto y la convocatoria de algunos gremios afines al gobierno a aspirantes afiliados con el fin de discutir el proceso y asignarles un centro educativo. Por lo anterior, los miembros de la comisión solicitaban la aprobación de un recomendable para el señor ministro y el TCCD donde se sugería dejar sin efecto el concurso. El informe de la comisión fue aprobado el 3 de abril por el pleno legislativo. Días después, el TCCD emitió un pronunciamiento donde señala que ese organismo había sido difamado y calumniado por dirigentes sindicales que buscan, mediante ciertas aseveraciones, causar una crisis y confundir a los docentes y la comunidad educativa.
Según parece, la recomendación de cancelar el concurso de plazas de directores y subdirectores fue enviada al ministro de Educación y al Tribunal Calificador de la Carrera Docente. Hasta finales del mes de abril, el Mineducyt no se había pronunciado públicamente al respecto y tampoco lo había hecho el TCCD. Esta pasividad mostrada tanto por el ministerio como por el tribunal perjudica a aquellos aspirantes que llegaron a la última instancia del concurso sin recibir ningún favoritismo, sino apegándose a la ley y demostrando sus capacidades. Ellos se sienten defraudados, pues consideran que invirtieron tiempo y otros recursos en prepararse para que luego todo terminara en nada. Ante lo ocurrido, se vuelve necesaria una reflexión.
Abriendo el debate sobre el proceso de asignación de plazas
El concurso de plazas de directores y subdirectores, suspendido a petición de la Asamblea Legislativa, invita a iniciar un debate sobre cómo se realiza el proceso de selección de aspirantes y asignación de plazas, no solo de directores y subdirectores, que es el caso que se trae a cuenta aquí, sino también de docentes en el sistema educativo público. Pues cada vez que se escarba un poco sobre este tema, brotan voces que señalan procesos amañados y hasta actos de corrupción (ventas de plazas).
Creemos que el debate habría que centrarlo, para empezar, en torno a los siguientes aspectos: 1) la finalidad del proceso de selección y contratación de directivos escolares y docentes; 2) la obsolescencia de la Ley de la Carrera Docente (LCD) actual; 3) la conformación de los organismos encargados y sus potestades; 4) el mercado laboral docente y 5) el establecimiento de una fiscalización y transparencia de estos procesos. A continuación, desgranamos un poco cada uno de ellos:
La finalidad del proceso de selección y contratación. El Mineducyt, en su “Manual de procedimientos para la contratación de docentes en propiedad” (2014, p. 4), señala que para cumplir su visión institucional requiere “atraer, seleccionar, contratar e inducir al recurso humano más capacitado, comprometido y consciente de la necesidad de construir una institución más sólida que eduque con calidad y que conduzca al país hacia el desarrollo sostenible”. Esta cita deja en evidencia, si se consideran las denuncias suscitadas tras la apertura del concurso de plazas de directores y subdirectores, que las autoridades han dejado de lado sus propios principios. Es irresponsable y lesivo para la educación el pensar que el concurso se efectúa solo para llenar unas vacantes; sin embargo, esta ha sido la tendencia. La legislación actual, con más de veinte años de vigencia, no contribuye a orientar sobre las competencias profesionales que debe poseer el aspirante a una plaza docente y se reduce al establecimiento de unas pautas y requisitos credencialistas (título, escalafón, etc.). Hace falta definir y dejar plasmado en la ley los fines con que se contrata a nuevo personal para la docencia y dirección escolar.
La obsolescencia de la LCD. La LCD y su reglamento llevan más de dos décadas de vigencia. Pero estando a las puertas de concluir la segunda década de este siglo, vale la pena preguntarse sobre la necesidad de renovarla, de elaborar una nueva que esté acorde con estos tiempos. Recuérdese que esta ley fue elaborada en una época de postguerra, en la que existían aún temores e inseguridades sobre la pervivencia de situaciones anómalas del pasado en el ámbito docente. Sus bases fueron las normativas anteriores, la Ley de la Profesión de Maestro (1969) y la Ley de Escalafón del Magisterio Nacional (1971), lo que la enmarca aún dentro de una primera generación de leyes referidas a la docencia. Otros países en Latinoamérica hace años que dieron el paso hacia una segunda generación, a la cual incluso le han ido haciendo ajustes. En esos otros países, los candidatos a cargos docentes o de directivos escolares no solo deben mostrar sus titulaciones, sino comprobar su capacidad en distintas pruebas (Por ejemplo, desarrollar una clase ante un panel evaluador). Es decir, los puestos se los quedan aquellos que demuestran que los pueden ejercer, y esos méritos, además, deben revalidarlos cada cierto tiempo.
La conformación de los organismos encargados y sus potestades. La selección de los aspirantes y el otorgamiento de las plazas pasa por las manos de los CDE, que reciben la documentación de cada candidato y otorgan las plazas (artículos 18 y 50, LCD), y el TCCD, que califica los expedientes y las pruebas de suficiencia para determinar a quién se le asignara el puesto (artículos 18 y 52). Dada la alta oferta de docentes y las pocas plazas que quedan vacantes, por cada puesto pueden presentarse varias decenas de solicitudes y currículos. Esto hace que la mayor responsabilidad en la selección recaiga sobre el TCCD, que es a quien apuntan los dedos de posibles arbitrariedades y corrupción. Este tribunal es un organismo integrado por dos representantes del Mineducyt y uno de los docentes (procedente de las organizaciones docentes) (Art. 51, LCD). La conformación de este organismo es quizás uno de los puntos clave para entender las supuestas anomalías. En la actualidad, el representante de los docentes pertenece a la ANDES 21 de Junio, y los del Mineducyt posiblemente tengan filiación al FMLN. Dado que la ANDES 21 de Junio durante los últimos diez años ha mostrado adhesión al FMLN, es obvio pensar que los tres miembros del tribunal siguen una misma línea al momento de tomar decisiones. Para romper estos posibles acuerdos o alianzas en el manejo de un proceso tan delicado y trascendente, habría que repensar su composición. Una idea sería quitarle un representante al Mineducyt y dárselo a las universidades formadoras de docentes, y con ello darle equilibrio a la toma de decisiones. Por otro lado, a fin de mejorar el funcionamiento de este organismo, habría que redefinir sus potestades. ¿Su potestad es calificar y otorgar plazas o solo calificar? La ley solo le otorga la calificación y deja el otorgamiento de plazas a los CDE; sin embargo, existe una confusión sobre ello o una usurpación deliberada. Los CDE, al ser organismos de administración escolares, parece que no se dan cuenta que también la ley les otorga la categoría de reguladores de la carrera docente y dentro de ello la potestad de otorgar las plazas. Hasta el momento, los CDE se han quedado como receptores de documentación de los aspirantes a las plazas, cuando deberían asumir más protagonismo en el proceso y velar porque les llegue el personal mejor preparado.
El mercado laboral docente. Una noticia publicada semanas atrás mencionaba que había unos 12 mil docentes sin empleo acumulados en los últimos 10 años. Tenemos, pues, una oferta desbordada respecto a la demanda. El sector público y el sector privado no tienen capacidad para absorber a los profesores que son autorizados para ejercer cada año. En el sector privados, hay colegios que ofrecen salarios por debajo del mínimo: “150 dólares y la comida” ofrecía un colegio en un anuncio clasificado de un periódico hace un par de años. Esto motiva a que los docentes escalafonados busquen una plaza en el sector público, donde el salario inicial está por arriba de los 500 dólares y se ofrece estabilidad laboral prácticamente de por vida. Esto también invita a los profesores en servicio a buscar un cargo de director o subdirector, ya que les supone un incremento en su salario que puede ponerlo por arriba de los 1,000 dólares. No es extraño entonces que muchos aspirantes a estas plazas recurran a medios no legales para conseguirlas y que los que median en este proceso (CDE o TCCD) intenten favorecer a sus allegados o soliciten prebendas. Así las cosas, se vuelve necesario analizar con seriedad el mercado laboral docente y considerar la posibilidad de establecer regulaciones. Algunos países toman medidas como el cierre de ciertas especialidades por un tiempo determinado para evitar los excesos. Asimismo, es importante establecer las verdaderas necesidades del sistema educativo: en qué especialidades se necesitan maestros y en cuáles no, sin perder de vista que también hay problemas de cobertura en algunos niveles.
La fiscalización y transparencia de estos procesos. El uso de la discrecionalidad en la aplicación de la normativa en los procesos de selección de aspirantes a docentes y directivos escolares parece alejarse de la búsqueda de los intereses de la educación. En los tiempos de la anterior ley, la selección de los candidatos estaba bajo la absoluta discrecionalidad de funcionarios de distinto rango: desde jefes de recursos humanos, directores departamentales y hasta el mismo ministro. “Un palancazo” o una dadiva aceleraba la asignación de una plaza. Otros recurrían a “velar” a estos funcionarios para rogarles por un puesto y otros se favorecían por vínculos políticos.
Con la nueva ley se esperaba que desaparecieran esas “prácticas”, pero parece que es una “cultura” que está muy enraizada, si se consideran las denuncias de algunas organizaciones docentes. Por su puesto, muchas de estas situaciones son difíciles de probar. Por eso, en una nueva ley, habrá que establecer mecanismos de control y de transparencia de los procesos de asignación de plazas.
El fallido concurso de plazas de directores y subdirectores efectuado por el Mineducyt y el TCCD no debe quedar en el olvido, sino que debe ser aprovechado para discutir cuál sería la forma más adecuada para desarrollarlo y los requisitos que deberían cumplir quienes aspiren a quedarse con esas plazas. Lo estipulado en la actual ley se queda corto en nuestros tiempos y facilita la ocurrencia de las irregularidades señaladas. Hace falta introducir la figura de un ente contralor de la contratación de recurso humano en el sector público. Por su puesto, esta fiscalización tendría que ser parte de una reforma integral de la legislación, pues de lo contrario se estaría poniéndole un parche más.
Finalmente, no se pude cerrar este texto sin hacer referencia a tres aspectos relacionados con el tema tratado: el papel de las organizaciones docentes, la intervención de la Asamblea Legislativa y el papel del Mineducyt. A todas luces, las organizaciones docentes que han presionado para que el proceso se cancelara han actuado bajo unas lógicas laboral y política, buscando la salvaguarda de sus afiliados afectados por el proceso e intentando perjudicar a su rival gremial y al partido en gobierno. No han mostrado mayor interés porque el proceso se trasparente y permita la llegada de personal competente (nunca han juzgado el proceso establecido). Por su parte, los diputados han hecho eco de los señalamientos gremiales y, en medio de una campaña electoral presidencial, han visto también la oportunidad de desprestigiar a sus contrincantes y ganar adeptos. Por último, la suspensión en silencio del proceso por parte del Mineducyt da mucho qué pensar. Si el que calla otorga, el ministerio estaría ratificando lo denunciado, y si no hace nada antes del 1 de junio, estaría pasándole una papa caliente a la siguiente administración.