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 2706-5421

Concept of euro and dollar
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Julieta Fuentes

Hablemos de Pensiones / La Reforma de 2017 (II)

Con la introducción de la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS), la reforma de 2017 agregó al sistema previsional un mecanismo de financiamiento para saldar los beneficios ampliados de la población Optada al SAP (OP); mediante esta se buscó moderar el flujo de emisiones de Certificados de Inversión Previsional (CIP) y de erogaciones a cargo del Estado, para reducir las presiones fiscales de corto y mediano plazo. 

La CGS sustituyó parcialmente al Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) por un nuevo esquema de transferencia intergeneracional de recursos, en el que las contribuciones de los afiliados activos destinados a esta cuenta son utilizadas para pagar los beneficios en curso de la población OP pensionada, los cuales eran previamente cubiertos con emisiones de CIP.

La reforma incrementó la tasa de cotización de 13.0% a 15.0%, estableciendo una disposición transitoria para el destino de los aportes durante el periodo 2017-2050. De acuerdo con dicha regulación, a la cuenta individual (CI) se destinará entre 8.1% y 11.1% del total y, a la CGS entre 5.0% y 2.0% (Véase G1); siendo el exceso aportado sobre el 2.0%, lo que permite que la CGS se constituya en una fuente de financiamiento.  

El Estado otorgará a los afiliados obligados (OB) que se pensionen por vejez una compensación por los aportes realizados en exceso al 2.0%, a los cuales se les reconocerá un rendimiento (1); sin embargo, esta compensación será pagada como un complemento a la “pensión”, en lugar de ser sumada al saldo de la cuenta individual para realizar el cálculo de la pensión a otorgar, reduciendo el monto de beneficio que los OB deberían recibir.

Con la figura de la CGS los compromisos del Estado con la población OP (a corto y mediano plazo) se reemplazaron por compromisos con la población OB (a mediano y largo plazo); desplazando en el tiempo sus obligaciones. Así mismo, se transformó el sistema de ahorro individual en un sistema mixto truncado o ad hoc hasta el año 2050.

G1. Disposición Transitoria (Art.78, Ley del SAP)

*La comisión para las AFP y seguros será de 1.9% hasta el 2050

(1) La cuantía estimada al momento del retiro, se dividirá en 240 cuotas y, no continuará capitalizándose. 

¿Cómo se financian las pensiones?

Uno de los pilares de la sostenibilidad financiera de los sistemas de capitalización individual es la correspondencia que se establece entre las contribuciones realizadas durante la etapa activa de los afiliados y los beneficios a percibir durante su retiro. 

El SAP fue diseñado como un sistema financieramente equilibrado (sostenible), sin embargo, ante la presión generada por los primeros beneficiarios de este nuevo sistema, cuya pensión era inferior a la que hubieran recibido en el sistema antiguo (SPP), se introdujeron una serie de reformas que revirtieron la correspondencia entre contribuciones y beneficios establecidas por Ley, incrementando los beneficios de la población que optó por trasladarse al SAP (OP). 

El D1 ilustra la desvinculación existente entre las contribuciones (puntos grises) y los beneficios (puntos gris y rojo) de la población OP; ya que, aunque durante los primeros años el beneficio a recibir es financiado con los recursos acumulados en la cuenta individual, debido a la forma de cálculo de su pensión, esta requerirá ser financiada (subsidiada) con recursos de la CGS que exceden significativamente los aportes realizados a la misma. 

En el caso de la población obligada ocurre lo contrario; ya que, en principio sus contribuciones están estrechamente vinculadas a los beneficios a percibir (puntos azules), aunque una parte de estos provendrá, a futuro, de recursos del Estado. 

D1. Esquema básico de Funcionamiento del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP)

Sobre la equidad Consensos pendientes

Además de los problemas asociados a la sostenibilidad, el sistema previsional salvadoreño adolece de falta de equidad en las tasas de reemplazo (o beneficio relativo) de sus afiliados, la cual tiene distintas fuentes: (i) sistema al que se esta afiliado (SAP o SPP), (ii) cohorte o grupo de edad de pertenencia (optado u obligado), (iii) garantía de pensión mínima por bajo saldo de la cuenta individual (CI), (iv) género (hombre o mujer), entre otras; nótese que la mayor parte de ellas se origina en las reformas que han sido aprobadas a lo largo del tiempo. 

Dentro de los factores que han acentuado el problema de la equidad se encuentran los mecanismos utilizados por el Estado para hacer frente al pago del costo de transición. Por ejemplo, la obligatoriedad de compra de los CIP ha limitado la diversificación y rentabilidad de los fondos de pensión, perjudicando a la población OB, cuya pensión depende únicamente del saldo que logren acumular en sus CI.

CI: las cuentas individuales están constituidas por las contribuciones realizadas por el afiliado y el empleador  y, por los intereses correspondientes, que son devengados a partir de la cartera de inversión de los fondos de pensiones 

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