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 2706-5421

Dignidad humana
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Wolfgang Büscher

Sobre la dignidad humana y nuestros derechos

Wolfgang Schäuble, el presidente del Parlamento de la Federación Alemana, ante la situación causada por el Covid 19 dijo: 

“Cuando escucho a la gente diciendola protección de la vida es más importante que cualquier otra cosa, tengo que decir que esto no es correcto en esta absolutización. Los derechos fundamentales se restringen mutuamente. Si existe un valor absoluto en nuestra Constitución, será la dignidad humana. Ella es inviolable, pero no excluye la posibilidad de que tengamos que morir.”  

Alguien puede asustarse con esas declaraciones, pero estudiando el tema en su complejidad, resulta que es correcto, tanto en lo legal como en lo filosófico y humanístico. 

Los derechos fundamentales arreglan básicamente la vida de la sociedad. Permiten la libre reunión, la libertad de la prensa, la libertad de opinión, el derecho a la vida, el derecho a un proceso justo, etc. Entre estos derechos no hay uno más importante que otro. Todos tienen la misma relevancia. 

No existe el derecho a tener un cuerpo sano, aunque sí hay un derecho a la integridad corporal: nadie tiene derecho a lesionar a otro, ni un doctor puede operar a alguien sin su consentimiento. El derecho a estar sano, como tal, no existe.  

Si pusiésemos la protección de la vida, ante todo, en absoluto, el resultado tendría graves consecuencias: habría que prohibir el uso de carros porque la gente muere ya sea atropellada o en accidentes. También tendríamos que invertir TODO el dinero en la investigación contra el cáncer porque la gente muere debido a esta enfermedad. 

Todos los derechos fundamentales, explica Schäuble, se restringen mutuamente.  

A un grupo organizado que por su ideología se declare inconstitucional, el Estado le puede quitar el derecho a la libre reunión y de publicar su opinión libremente. Y es posible prohibir dicho grupo porque aquí importan los derechos fundamentales de otros grupos de la sociedad.  

El derecho a la vida puede ser restringido por el derecho a la vida de otra persona. Ejemplo: A un policía – en caso de emergencia – se le permite defender su vida, aunque tenga que matar al atacante. El derecho del atacante a la vida está restringido por el derecho a la vida que tiene el policía. 

Ante la situación con el nuevo virus SARS-CoV 2, es cierto que es importantísimo proteger a la población contra la enfermedad del Covid-19. Y eso hace posible y justo restringir algunos derechos fundamentales temporalmente 

Estamos en El Salvador, pero hago referencia a la Constitución alemana porque difiere de las constituciones de otros estados, fundamentalmente en su primera frase. El artículo uno de la constitución alemana establece: 

"Die Würde des Menschen ist unantastbar. Sie zu achten und zu schützen ist Verpflichtung aller staatlichen Gewalt.“

En español: La dignidad del ser humano es intangible. Respetarla y protegerla es obligación de todo poder estatal.

Hace referencia a todo ser humano, todo homo sapiens. No se limita a los alemanes, ni a una supuesta raza superior o inferior, ni a los ricos o pobres, guapos o feos, sino a todo ser humano. Incluye vivos y muertos. Todas las leyes tienen que respetar y proteger, en primer lugar, la dignidad del ser humano. Todo funcionario de gobierno, incluyendo a la policía, tiene que respetar y proteger la dignidad. El presidente, la asamblea, todo poder del Estado en absoluto tiene que respetar y proteger la dignidad del ser humano. Toda persona, al no cumplir esto ya actúa contra la Constitución. 

Este artículo fundamental, que históricamente se creó basado en la horrible experiencia de la segunda guerra mundial, es tan importante que fue declarado como eterno e inalterable por ninguna modificación constitucional.  

Sigue Schäuble, la dignidad del ser humano no excluye la posibilidad de que tengamos que morir. En el caso de muerte, el artículo número uno también es válido:  

La dignidad del ser humano es intangible. Respetarla y protegerla es obligación de todo poder de Estado.

Resulta que el Estado está obligado a respetar y proteger la dignidad ante la muerte. La dignidad inicia con la vida de la persona pero no termina nunca. 

La Constitución salvadoreña también invoca la dignidad en el Decreto 38 como el fundamento de la misma Constitución y de los demás derechos constitucionales. 

Luego, los primeros artículos de la Constitución establecen los derechos humanos, los cuales están definidos en la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificado por 192 países en el mundo.  

En específico, el Articulo 10 de la Constitución salvadoreña dice: “La ley no puede autorizar ningún acto o contrato que implique la pérdida o el irreparable sacrificio de la libertad o dignidad de la persona. Tampoco puede autorizar convenios en que se pacte proscripción o destierro. “ 

Estas leyes fundamentales protegen a cada ser humano. Por tanto, todo el poder estatal salvadoreño tiene que protegerlos. 

De la dignidad del ser humano se deducen todos los demás derechos fundamentales y toda ley del Estado tiene que respetarla y protegerla también. 

Aunque una persona pierda su salud, no pierda la dignidad nunca. Aunque una persona pierda su libertad, no pierde la dignidad nunca. Aunque una persona pierda su vida, no pierde la dignidad nunca. No hay manera como un ser humano pueda perder la dignidad. La dignidad es absoluta. Siempre.

La protección de la vida es consecuencia de la dignidad. Sin embargo, definir la protección de la vida como absoluta tendría consecuencias absurdas, confirma Alena Buyx, especialista en ética de medicina y miembro del comité de ética que asesora al gobierno alemán. 

Así también, ante la enfermedad del Covid19 causada por el Virus SARS-CoV-2:  

Todos los derechos se restringen mutuamente. Mientras la dignidad es absoluta. 

El científico de derechos, Papier, aclara: En un Estado libre y constitucional no se tienen que justificar los pasos de regreso a la normalidad; es al revés: cada limitación de los derechos fundamentales requiere su justificación y tiene que ser bien explicado a sus ciudadanos.” 

La dignidad debe ser reconocida en todo el mundo y para todos los ciudadanos como un derecho nato de todo ser humano. Y que, estando contemplado en la constitución, lo menos que se debe hacer es respetarse y enfrentarse dignamente. 

Referencias

https://www.tagesspiegel.de/politik/bundestagspraesident-zur-corona-krise-schaeuble-will-dem-schutz-des-lebens-nicht-alles-unterordnen/25770466.html 

https://www.mdr.de/kultur/themen/schaeuble-corona-ethikdiskussion-grundrechte-lebensschutz-100.html 

https://www.zeit.de/politik/deutschland/2020-05/wolfgang-schaeuble-freiheitseinschraenkungen-menschenwuerde-grundrechte-coronavirus 

https://de.wikipedia.org/wiki/Menschenw%C3%BCrde#Die_W%C3%BCrde_des_Menschen_ist_unantastbar_(Art._1_Abs._1_Grundgesetz) 

https://www.un.org/es/documents/udhr/quiz.shtml 

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