Fabiola Andreina Pérez Larreinaga
Estudiante universitaria de Licenciatura en Relaciones Públicas y Comunicaciones, Universidad Francisco Gavidia.
Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad en El Salvador
- ,
- , EstudiantesUFG
Los Derechos Humanos son universales e inherentes, claramente las personas con discapacidad son poseedores de estos; sin embargo, aún hace falta mucho trabajo social para que este grupo salga de ese estado de vulnerabilidad. Según el Artículo 1 de la ‘Convención Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad’, las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
En el año 2006 se proclamó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en las Naciones Unidas y en El Salvador fue ratificada en 2007, convirtiéndose en Ley de la República. Han pasado casi 15 años de vigencia de esta ley en El Salvador, tiempo suficiente para que rindiera frutos; pero la realidad es que las personas con discapacidad siguen siendo un grupo vulnerable al que día a día se le violentan e irrespetan sus derechos.
Las discapacidades se clasifican en físicas, sensoriales, intelectuales y psicosociales o mentales; estas son barreras que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad. Por ejemplo la pérdida física de una extremidad o de su funcionalidad habitual, discapacidad visual y la auditiva.
Todos los seres humanos tenemos derecho a ser tratados con justicia, igualdad y respeto; eso incluye ser llamados de la manera correcta. En nuestra sociedad, a menudo se llama a las personas con discapacidad de una manera irrespetuosa, no adecuada e incorrecta; de manera generalizada se les debería llamar “PERSONA CON DISCAPACIDAD”, la diferencia radica en que al término a utilizar siempre le anteceda la palabra “persona”, por ejemplo decir “persona con discapacidad visual / auditiva” o “persona ciega / sorda” en lugar de solamente decir “ciego” o “sordo”.
Además, como estudiante de Relaciones Públicas y Comunicaciones quisiera que se enfatizará la enseñanza de este lenguaje correcto para llamar a las personas con discapacidad. Otro error muy frecuente en los medios de comunicación y sociedad en general es utilizar el verbo “sufrir” para referirse a una persona con discapacidad. Verbigracia: Juan Carlos sufre discapacidad auditiva / Mariana sufre discapacidad física. Los verbos más acertados serían “presenta”, “vive” o tiene”. (2017, Recomendaciones, Uso de Lenguaje Inclusivo Persona En Situación De Discapacidad)
Hablando del aspecto educativo, no es un secreto que las personas con discapacidad son víctimas de burlas, discriminación, desprecio, indiferencia, abuso e irrespeto; esa cultura podría comenzar a cambiarse desde los hogares y centros educativos salvadoreños. Es necesario que se cree conciencia del respeto que todos merecemos en la sociedad, las entidades correspondientes deberían incluir contenidos educativos de esta temática desde los niveles escolares bajos hasta la educación superior. Si se les enseña esto a los niños de hoy, tendremos adultos respetuosos en un par de años. Sin olvidar que las autoridades, maestros, jóvenes y adultos en general debemos ser ejemplo para estos niños, no podemos pedirles que llamen a una persona con discapacidad con respeto si nosotros mismos no lo hacemos.
Sería de mucho beneficio que se crearan campañas de concientización y educación para la convivencia con las personas con discapacidad. El gobierno central, los gobiernos municipales y algunas organizaciones podrían convertirse en un canal de información para la población, por ejemplo: del lenguaje adecuado para llamar a estas personas. Asimismo, crear espacios de atención psicológica para las personas con discapacidad que lo deseen o que presenten sentimientos de discriminación o bullying en sus entornos familiares, estudiantiles o laborales. Otra iniciativa positiva sería que en los lugares de mayor afluencia de personas siempre haya intérpretes para las personas con discapacidad auditiva, o auxiliares para las personas con discapacidad visual o personas con discapacidad física, por ejemplo en los bancos, centros comerciales, restaurantes, alcaldías y oficinas gubernamentales.
No debemos olvidar que las personas con discapacidad son sujetos de derecho, los principios rectores de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad menciona el respeto de la dignidad, la no discriminación, la igualdad de oportunidades, la accesibilidad, entre otros. Además, la Ley de Equiparación de Oportunidades para Personas con Discapacidad establece que el Estado es responsable de proteger contra toda discriminación o explotación, promover la educación especial, establecer facilidades arquitectónicas para la movilidad vial. Es importante que siempre haya parqueos, cajas de supermercado y filas exclusivas para las personas con discapacidad; también que todos los edificios y establecimientos en general eliminen las barreras del entorno para garantizar la movilidad vial (colocar rampas, no solo gradas).
Al igual que los demás, tienen derecho a un empleo digno, educación, salud, vivienda, etc. Las empresas no deberían negarles el empleo a las personas con discapacidad por su condición, y tampoco los centros educativos deberían negarles el derecho a la educación.
Es responsabilidad de todos que la sociedad sea un mejor lugar para las personas con discapacidad, en el que se les provea de respeto, iguales oportunidades, accesibilidad de movilidad vial, protección, rehabilitación, entre otros beneficios. Ojalá poco a poco se generen las condiciones dignas para las personas con discapacidad, desde nuestro entorno podemos contribuir a estos cambios si les llamamos de manera correcta, les tratamos con igualdad y respetamos las leyes que los protegen; si se eliminan las barreras legales, físicas y de información estaremos construyendo una mejor comunidad para las personas con discapacidad.
Bibliografía
(2006) Convención Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad. Recuperado de https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf
(2017) Recomendaciones, Uso de Lenguaje Inclusivo Persona En Situación De Discapacidad. Recuperado de https://www.cultura.gob.cl/wp-content/uploads/2017/01/guia-recomendaciones-lenguaje-inclusivo-discapacidad.pdf